Tema: Entorno carcelario
Fecha: 1 de Junio
Entorno carcelario, tema de gran interés para mí. Personalmente, fue a raíz de este contexto, durante la realización de mis prácticas de campo en magisterio hace 5 años cuando conocí la figura del educador social y a partir de ahí informándome llegué donde estoy hoy.
Por ello y todos los buenos recuerdos que guardo y las cosas que aprendí y me enseñaron es un contexto muy interesante.
La exposición comenzó con una pequeña lluvia de ideas presentando conceptos relacionados, como diferentes formas de nombrar la prisión.
Como introducción se presentaron dos videos, en uno se nos muestra una prisión en malas condiciones, donde los presos se puede decir “sobreviven” y en el otro video una prisión bien acondicionada, con instalaciones de todo tipo como deportivas, hospital, celdas espaciosas, centro sociocultural, biblioteca, etc.
El debate que surge gira en torno a la idea de si los centros penitenciarios que más predominan son precarios o bien acondicionados, y si es justo ofrecer numerosos servicios a personas privadas de libertad por cometer delitos.
En mi opinión, discrepo con la idea general que predominó en clase de que la mayoría de las prisiones ofrecen situaciones precarias, creo que si hablamos a nivel nacional, las cárceles actuales españolas ofrecen servicios para una calidad de vida. Además, estoy a favor de ello, no supone esto ofrecer lujos, pero si un entorno adecuado para que realmente se trabaje en pro de una reinserción social y reeducación. Si el interno prioriza su supervivencia y satisfacción de necesidades primarias como seguridad o alimento, difícilmente centrara su atención en actividades formativas.
Continuando con la exposición, nos presentan los distintos regímenes de privación de libertad:
- Cerrado: Se aplica a los penados clasificados en primer grado por su peligrosidad extrema o inadaptación a los demás regímenes.
- Ordinario: Se aplica a los penados clasificados en segundo grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos.
- Abierto: Se aplica a los penados clasificados en tercer grado que puedan continuar su tratamiento en régimen de semilibertad.
El perfil del interno lo sitúan en varón de entre 26 y 30 años con bajo nivel educativo, desempleado y con delitos contra el patrimonio, orden, salud pública o libertad sexual.
Los factores de riesgo en la prisión son entre otros:
- Falta de seguridad
- Drogas
- Desarraigo familiar
Y los problemas que todo ello conlleva:
- Aislamiento social
- Falta de acceso a los recursos e inserción laboral
- Depresión
- Consumo de drogas
Quiero referirme en este punto, tras citar los problemas depresivos que en numerosas ocasiones presentan los internos, un programa que me gustó y llamó la atención del Centro Penitenciario de Córdoba. Se trata a groso modo de un programa de acompañamiento entre internos, en el cual, un preso que se encuentre en régimen ordinario, es decir, a partir del segundo grado, se encarga de vivir con un preso con problemas psicológicos y en riesgo de depresión y suicidio. De esta manera ambos salen beneficiados, uno recibe apoyo y compañía, siendo más fácil superar momentos difíciles, y el otro por su labor suma puntos para obtener más beneficios respecto a su condena. No he encontrado información acerca del tema, pero lo recuerdo como algo positivo que ellos mismos valoraban y por eso quería compartirlo.
Sobre el tema de reeducación y reinserción en este tipo de centros también se habló, de hecho, en el artículo 25.2 de la Constitución Española se cita que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social". Muy bonito y bienintencionado, pero ¿realmente se consigue?
Antes de continuar cito la normativa que ampara este entorno:
- Constitución Española
- Ley Orgánica Penitenciaria
- Real Decreto del Reglamento Penitenciario
Sobre el tema que he dejado abierto se debatió también en clase a raíz de una grabación que nos ofrecieron, una entrevista al jefe de mantenimiento del centro de inserción laboral Manuel Montesinos y Molina, en Algeciras. El hombre afirmaba que sí se realizaban actividades orientadas a la reinserción, pero que al volver los internos al contexto todo se desvanecía. ¿Y nosotros nos quedamos tan tranquilos? Algo está fallando. Sobre el tema tengo numerosas dudas, y seguro poco a poco me informaré acerca del mismo, pero a priori diría que no basta con crear proyectos y programas con buenas intenciones, hay que evaluarlos y modificarlos si es necesario. Quizá, uno de los problemas que provocan el fracaso es la descoordinación entre los servicios sociales penitenciarios e instituciones externas, entre profesionales como educadores y trabajadores sociales de prisión y los externos. Como he repetido en numerosas redacciones, la coordinación puede ser determinante para un desarrollo satisfactorio en intervención social educativa. Un seguimiento posterior, una línea continua motivadora, etc.
Por último, y respecto al educador/a social, las compañeras nos cuentan su historia dentro de la institución:
1º Se les reconocía como funcionarios del cuerpo especial de instituciones penitenciarias.
2º Funcionarios del grupo de ayudantes
3º Miembros de la junta de tratamiento y de equipo técnico
Según esta exposición, la figura del educador está reconocida, según mi experiencia también, ya que las funciones que realizaban eran propias de esta figura profesional y eran titulados. Entre las funciones:
- Atender internos
- Seguimiento individualizado
- Búsqueda de recursos
- Seguimiento institucional
Me gustaría apuntar que según el seminario que tuvimos con la intervención de una antigua alumna sobre prisiones, se decía que las labores del educador/a social en estos centros eran llevadas a cabo por otros profesionales como psicólogos, arquitectos, etc. que entraban a través de oposiciones de funcionarios y cursos de formación. Por ello, decir que no hemos ganado la batalla en este contexto como en muchos otros, y que quizá haya centros algo más avanzados, pero debemos continuar con nuestra lucha hasta que esto ocurra en todos lados.
Para más información os dejo este enlace sobre instituciones penitenciarias del Ministerio del Interior, donde tratan todos los aspectos de prisiones y su legislación. A mí me ha sido de utilidad para comprender y aprender mejor sobre el tema: